Manual para evitar disgustos por la garantía de los productos

¿Conoces tus derechos como consumidor ante los productos que compras y su garantía? Aviso a navegantes: Hacer pagar al cliente por una garantía que es suya por derecho o distribuidores que eluden su responsabilidad de hacerse cargo de bienes con daños son circunstancias más comunes de lo que nos podemos llegar a imaginar.

Así ocurrió con el gigante Apple, considerada ahora por la Organización de Consumidores y Ususarios (OCU) como una de las más respetuosas con la garantía de sus productos, pero que ofrecía una garatía de solo un año y comercializaba la prolongación de la misma otro año más abusando del derecho que por ley ostenta el consumidor de tener una garantía de dos años al adquirir un producto nuevo sea del tipo que sea.

Y es que la organización, que recientemente presentaba los resultados de su estudio de campo sobre la durabilidad de los productos y el respeto a las garantías, denuncia que las distribuidoras intentan confundir al usuario haciendole pensar que existen productos como los accesorios o artículos de consumo con una cobertura de garantía menor. ¡Que no te engañen! Estos son los consejos y las advertencias que lanza la OCU para que todo usuario conozca sus derechos y cómo reclamar su respeto:

  • Ante un producto dañado en un periodo inferior a seis meses desde su compra debe ser el vendedor quien se haga cargo de él sin necesidad de tener que demostrar que la causa sea un defecto de fábrica. Pasados los seis primeros meses, el fabricante puede exigir que se demuestre.
  • Solo si los costes de la reparación del producto son desproporcionados, la responsabilidad puede ser transferida del distribuidor al productor. Del mismo modo, si los costes no son excesivos, el usuario podrá elegir acudir a uno o a otro para decidir cuándo se debe reparar el producto o cuándo debe entregarse uno nuevo. 
  • La garantía de un bien de segunda mano, será de un año si lo vende un profesional y de seis meses si es adquirido a un particular.
  • Ante reparaciones, la garantía es de tres meses, y si vuelven a averiarse las partes reparadas, el servicio de atención al cliente deberá arreglarlo gratis.
  • En las viviendas de edificación posterior al 6 de mayo de 2000, la garantía es de un año para defectos de acabado, de tres años para problemas de funcionalidades y de 10 para defectos estructurales.
  • La vía más rápida para reclamar la aplicación de la garantía es la extrajudicial, es decir, el arbitraje de consumo. Sin emabrgo, en la práctica, al ser un mecanismo voluntario, la mayoría de las empresas de distribución no están adscritas. Ante esta situación, los expertos jurídicos recomiendan acudir a los juzgados. 
  • Según la OCU, las grandes cadenas suelen poner menos problemas al cumplimiento de la garantía, que las pequeñas tiendas. No obstante, suelen ser éstas últimas las que suelen estar vinculadas al arbitraje de consumo.