Consisite en la cesión de la cartera de cobro a clientes de un titular a una firma especializada en este tipo de transacciones, convirtiendo las ventas a corto plazo en ventas al contado, asumiendo el riesgo por insolvencia y encargándose de su cobro.
Permite recibir anticipos de los créditos cedidos. Ayuda a garantizar el cobro de la cartera de clientes. Coste elevado (el tipo de interés que se aplica es mayor que el descuento comercial convencional).
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