La comisión Nacional de los Mercados y la Competencia(CNMC) defiende la práctica de la venta a pérdida si resulta pro competitiva y conlleva ventajas para el consumidor. La corporación publicó ayer un informe en el que consideraba “poco razonable prohibir o criticar de forma generalizada” su uso si resulta favorable para el comprador.
Esta normativa se creó para que el cliente no creyese que todos los precios de un comercio minorista en concreto eran establecidos por debajo del mercado. La Ley de Ordenación del Comercio Minorista únicamente permite su uso si quien la realiza tiene como objetivo alcanzar los precios de uno o varios competidores.
Desde Foromarketing creemos que esta iniciativa está flexibilizando el mercado y acercándonos a la normativa. Vemos bien esta práctica siempre y cuando no se emplee para desacreditar la imagen de un producto o establecimiento o cuando forme parte de una estrategia encaminada a eliminar a un competidor del mercado. Tampoco si el distribuidor que realiza la venta a pérdida tiene posición dominante, ya que esa conducta podría llegar a constituir un abuso de posición de dominio.
Para comprender mejor esta noticia os invitamos a ver la definición de venta a pérdida en nuestro diccionario.